1. La restricción de su utilización y del acceso a los datos e informaciones en ella contenidas a las personas autorizadas.
2. La prevención de alteraciones o pérdidas de los datos e informaciones.
3. La protección de los procesos informáticos frente a manipulaciones no autorizadas.
Aprobar, para la gestión y reconocimiento de las prestaciones por desempleo, la aplicación informática SILD, cuyas características se recogen en el anexo de la presente resolución.
El objeto de la presente aplicación es la gestión, tramitación y cálculo de las prestaciones por desempleo
También es objeto de esta aplicación la gestión, tramitación y cálculo del abono de la prestación contributiva por desempleo en su modalidad de pago único y del abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen.
La aplicación SILD emite las resoluciones de las prestaciones y subsidios por desempleo referidos en el punto anterior. Las resoluciones, en las que se referencia la normativa reguladora de la aplicación, son motivadas con indicación de las reclamaciones o recursos que proceden contra ellas, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos.
Potenciales usuarios de la aplicación: Ciudadanos, mediante canales en línea, para la información y tramitación en relación con sus prestaciones por desempleo
El acceso en línea por parte de ciudadanos se realiza a través de la red Internet en las direcciones que el Servicio Público de Empleo Estatal habilite en cada caso. El sistema de seguridad que autoriza el acceso vía Internet se basa en DNI electrónico, certificado digital admitido por la Administración General del Estado, mediante identificador de usuario y contraseña facilitados por el gestor, generándose y poniéndose a disposición del usuario con seguridad garantizada, o bien mediante identificador de usuario y datos de contraste predeterminados por la entidad gestora