El Congreso de los Diputados ha dado luz verde a la nueva ley del tabaco por la que, a partir del 2 de enero de 2011, estará prohibido fumar en todos los espacios públicos cerrados y en algunos al aire libre. De modo que, a partir de su entrada en vigor, no se podrá fumar en bares, restaurantes, terrazas, aeropuertos, parques infantiles, colegios, etc, aunque sí se permitirá en algunos espacios como en las universidades, centros de educación de adultos o en clubes privados de fumadores.
A pesar de haber sido aprobada en su versión más restrictiva, el Pleno ha incorporado a este texto, por el que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, dos enmiendas del Senado para facilitar su venta:
Así, la primera enmienda permite vender productos del tabaco a través de máquinas expendedoras ubicadas en los quioscos de prensa y en los locales que tengan como principal actividad la venta de prensa, así como la venta manual de cigarros si poseen autorización del Comisionado para el Mercado de Tabaco.
En cuanto a la segunda, permite que las tiendas libres de impuestos autorizadas en puertos y aeropuertos y los puntos de venta con recargo situados en municipios fronterizos terrestres continúen su actividad de venta de tabaco.
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