martes, 22 de octubre de 2013

EXTRANJERÍA Y LA LEY DE EMPRENDEDORES

UNIDAD DE GRANDES EMPRESAS Y COLECTIVOS ESTRATÉGICOS 

- Novedades Ley de Emprendedores - 

La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) se constituyó en el año 2007 como consecuencia de un acuerdo del Consejo de Ministros y, actualmente, el Real decreto 577/2011, de 20 de abril, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, se refiere específicamente a ella en su exposición de motivos, siendo regulado el contenido de su actuación en el título IX de dicha norma. 

La finalidad de la UGE-CE es dar repuesta ágil a las necesidades planteadas por las empresas y organismos que requieren traer a España personal no comunitario altamente cualificado, al tiempo que ofrecer un asesoramiento experto sobre las posibilidades legislativas existentes y sus procedimientos. 

El ámbito competencial de la Unidad es la gestión de autorizaciones de residencia temporal y trabajo (cuenta ajena, duración determinada, tarjeta azul, régimen de investigadores, prestación transnacional de servicios), que se soliciten a favor de personal directivo, técnico de alta cualificación, científico, profesorado de universidades y artistas de reconocido prestigio internacional, en cuya contratación concurran razones de interés económico, científico, social, laboral o cultural y las autorizaciones de residencia para sus familiares. 

• Novedad normativa 

Con la aprobación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización se introducen nuevos procedimientos para facilitar la entrada, residencia y permanencia en territorio español por razones de interés económico en aquellos supuestos en los que se acredite ser: 

o Inversores. 

o Emprendedores. 

o Profesionales altamente cualificados. 

o Investigadores. 

o Trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas. 

o Familiares de los supuestos anteriores. 

• Podrán obtener el modelo de solicitud para el titular y, en su caso, los familiares que le acompañen o se reúnan posteriormente con él, en el siguiente punto de información: 

• Para conocer los procedimientos del Título IX del Reglamento de extranjería gestionados por la UGE-CE, puede consultar en la siguiente hoja informativa: 

o Entrada, residencia y trabajo en España de personal directivo o altamente cualificado. 
• Si desea conocer detalladamente la documentación que tiene que presentar para solicitar autorizaciones a favor de los colectivos incluidos en el ámbito subjetivo de la UGE-CE, puede consultar nuestra "cartera de documentos": 

• Por otra parte, la Unidad de Gestión de Extranjería-Colectivos Estratégicos tiene también atribuida la resolución de las autorizaciones que la disposición adicional primera. 3 del Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000 obliga a presentar en la Dirección General de Inmigración, es decir, las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para empresas que, teniendo diversos centros de trabajo, en distintas provincias cuenten con una plantilla superior a 500 personas. 

• Si desea conocer en profundidad los procedimientos de extranjería que tramita la UGE-CE, en aplicación de la disposición adicional primera. 3 del Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000, puede consultar en la siguiente hoja informativa: 

o Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. 

• Si desea conocer detalladamente la documentación que tiene que presentar para solicitar autorizaciones en aplicación de la disposición adicional primera. 3 del Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000, puede consultar nuestra "cartera de documentos" 

Carta de servicios de la UGE-CE: 

• Documento matriz 
• Folleto divulgativo 

Datos sobre la UGE-CE: 
• Ubicación: 
o la Unidad de Grandes Empresas se encuentra en la Plaza de la Remonta, n. º 12, 3. ª planta (tiene también entrada por Pasaje de la Remonta, n. º 6 y C/ Bravo Murillo, 327). 

• Horario: 
o El horario de atención a empresas y empleadores, sin cita previa, es de 9 a 14 horas, de lunes a viernes. 
• Teléfonos de contacto: 
o 91 363 32 75 
o 91 363 32 67 
• Correo electrónico: 
• Cita Previa: 
o Puede concertar cita previa mediante correo electrónico en: unidadgrandesempresas@meyss.es

La cita previa debe solicitarse con una antelación mínima de una semana y previamente debe haberse enviado el formulario cumplimentado, con los datos necesarios para la pregrabación de las solicitudes. Puede consultar las pautas para la solicitud de cita previa o descargarse el formulario pulsando los vínculos correspondientes. 
 

CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ

+ INFO: http://antoniocanovas.blogspot.com

ASEVIC
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Consultoría Laboral: Administrativa y

Jurídica


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