El sábado (10/10/2015) entra en vigor la reforma de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo. Con los cambios, algunas de las reivindicaciones de ATA se van a llevar de las palabras al papel y a los hechos.
Las principales novedades de las que debes tomar buena nota son:
1. Los autónomos que disfrutan de la Tarifa Plana podrán contratar trabajadoressin perder este derecho.
2. La Tarifa Plana ya no se calculará aplicando un porcentaje a la base mínima.Será de 50 euros fijos durante los seis primeros meses (anteriormente se aplicaba el 80% de reducción a la base mínima).
3. Todos los desempleados podrán capitalizar íntegramente su prestación en un pago único para iniciar una actividad emprendedora (Antes solo podían capitalizar el 60% si eran mayores de 30 años).
4. Se podrá compatibilizar la actividad como nuevo autónomo con el cobro de la prestación por desempleo con un límite de 9 meses (Antes solo podían los menores de 30 años).
5. TODOS los autónomos que cesen en su actividad podrán reanudar su prestación por desempleo hasta cinco años después de haberla interrumpido(Antes esta medida se aplicaba a los menores de 30 años. Los mayores de esa edad tenían un plazo de 24 meses).
6. Los autónomos económicamente dependientes (TRADE) podrán contratar a un trabajador que les sustituya, en determinados casos, para poder conciliar su vida familiar y laboral (Anteriormente los TRADE no podían contratar trabajadores).
7. Se mantiene la bonificación del 50% en la cuota de autónomos durante 18 meses a los familiares colaboradores aunque ahora disfrutarán también del 25% durante los seis siguientes.
8. Los autónomos con discapacidad disfrutarán de la Tarifa Plana fija de 50 euros durante el primer año de actividad, manteniendo un 50% de bonificación en la cuota durante los cuatro años siguientes (La bonificación anterior era del 50% de la cuota durante 5 años)
9. El supuesto anterior se aplica también a víctimas de violencia de género y terrorismo.
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