Derecho a la exención de indemnización por despido
La Dirección General de Tributos (DGT) se pronuncia sobre la acreditación de la desvinculación
efectiva de la empresa a efectos del mantenimiento del derecho a la exención de la indemnización por despido ante una posible reincorporación en un plazo inferior a tres años.
La consultante fue despedida en enero de 2011 en el ámbito de un expediente de regulación de empleo. En la actualidad, tiene la posibilidad de incorporarse en la empresa en la que prestaba sus servicios y de la que fue despedida mediante un nuevo contrato, por lo que se consulta por la tributación de la indemnización por despido obtenida.
La Dirección considera que la prestación de servicios dentro del citado plazo de tres años constituye una presunción, que admite prueba en contrario, de la inexistencia de una real efectiva desvinculación del trabajador despedido con la empresa, requisito imprescindible para el mantenimiento de la exención.
En consecuencia, el contribuyente podrá acreditar que en su día se produjo dicha desvinculación, y que los servicios que ahora presta no enervan dicha desvinculación.(DGT, 17-01-2013
CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ
+ INFO: http://antoniocanovas.blogspot.com
ASEVIC | |||
Consultoría Laboral: Administrativa y Jurídica |
Partida Marxassos, nº 7
C.C. Urbania, locales 1 y 2
BENIDORM (03502-Alicante)
Tf.: 96.680.60.09
Fax: 96.688.97.65
Este mensaje y ficheros anexos son confidenciales y se dirigen exclusivamente al destinatario referenciado. Si usted no lo es y lo ha recibido por error, le rogamos que nos lo comunique y proceda a destruirlo, y se abstenga de utilizar este mensaje y ficheros anexos, so pena de incurrir en responsabilidades legales. El emisor no garantiza la integridad, ni seguridad del presente correo, ni se responsabiliza de posibles perjuicios derivados de cualquiera manipulación efectuada por terceros. Según Ley de Servicios de Sociedad de Información y Comercio Electrónico y LO 15/1999, de Protección de Datos, le comunicamos que su correo electrónico forma parte de un fichero automatizado, teniendo derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario