miércoles, 10 de julio de 2013

Cómo calcular la prestación por desempleo

Cómo calcular la prestación por desempleo

El importe de la prestación por desempleo a cobrar dependerá de la nómina de cada trabajador. Concretamente, la cuantía se calcula a partir de la llamada base reguladora

El importe de la prestación por desempleo a cobrar dependerá de la nómina de cada trabajador. Concretamente, la cuantía se calcula a partir de la llamada base reguladora. Ésta se obtiene dividiendo entre 180 la cantidad de dinero que la empresa ha cotizado a la Seguridad Social por el trabajador en los últimos 180 días naturales, incluido el periodo de vacaciones si corresponde. En la nómina, esta cifra aparece en el apartado 'Base Contingencias Comunes'.

Hay que sumar la base de contingencias de todos estos meses y dividirlo entre 180 para obtener la Base Reguladora Diaria, es decir lo que cobrará de paro la persona por día, y lo multiplicamos por 30 días para saber lo que cobrará de paro cada mes.

El Ministerio de Trabajo proporciona una práctica calculadora para saber la cuantía de paro a cobrar introduciendo los datos que te pide. Pincha aquí para acceder al programa de autocálculo de prestaciones por desempleo.

El importe diario de la prestación es el 70% de la base reguladora durante los 6 primeros meses de derecho, y el 50% a partir de seis meses.

La cuantía máxima y mínima del paro en 2013 (la prestación por desempleo), tiene los siguientes importes:

- Importe mínimo mensual de la prestación por desempleo o paro:

Si no tiene hijos a su cargo: 497 euros.

Si tiene al menos un hijo a su cargo: 664,74 euros.

- Importe máximo mensual de la prestación por desempleo:

Si no tiene hijos a su cargo: 1087,20 euros.

Si tiene un hijo a su cargo: 1242,52 euros.

Si tiene dos ó más hijos a su cargo: 1397,83 euros.

Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años ó mayores con discapacidad que convivan en su domicilio y no tengan rentas superiores a los 641 euros al mes.

Al importe bruto de la prestación por desempleo se le aplicarán dos tipos de deducciones, por un lado la parte de cotización a la Seguridad Social a su cargo y por otro la retención a cuenta del IRPF.

En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, el tope máximo y mínimo de la prestación se calculará aplicando a los topes máximos y mínimos establecidos el mismo porcentaje que suponga la jornada realizada sobre la habitual de la empresa.

Respecto a la duración máxima del Subsidio de desempleo, se establece en 720 días en caso que se haya cotizado durante más de 2160 días, es decir, la duración máxima es de dos años si se ha trabajado durante los seis últimos años.

Duración del Paro

Desde 360 hasta 539 días

120 días

Desde 540 hasta 719 días

180 días

Desde 720 hasta 899 días

240 días

Desde 900 hasta 1.079 días

300 días

Desde 1.080 hasta 1.259 días

360 días

Desde 1.260 hasta 1.439 días

420 días

Desde 1.440 hasta 1.619 días

480 días

Desde 1.620 hasta 1.799 días

540 días

Desde 1.800 hasta 1.979 días

600 días

Desde 1.980 hasta 2.159 días

660 días

Desde 2.160 días

720 día

 

(leído en lasprovincias.es)

 

CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ

+ INFO: http://antoniocanovas.blogspot.com

ASEVIC
Consultores, s.l.p.

Consultoría Laboral: Administrativa y

Jurídica


Partida Marxassos, nº 7
C.C. Urbania, locales 1 y 2
BENIDORM (03502-Alicante)
Tf.: 96.680.60.09
Fax: 96.688.97.65

Este mensaje y ficheros anexos son confidenciales y se dirigen exclusivamente al destinatario referenciado. Si usted no lo es y lo ha recibido por error, le rogamos que nos lo comunique y proceda a destruirlo, y se abstenga de utilizar este mensaje y ficheros anexos, so pena de incurrir en responsabilidades legales. El emisor no garantiza la integridad, ni seguridad del presente correo, ni se responsabiliza de posibles perjuicios derivados de cualquiera manipulación efectuada por terceros. Según Ley de Servicios de Sociedad de Información y Comercio Electrónico y LO 15/1999, de Protección de Datos, le comunicamos que su correo electrónico forma parte de un fichero automatizado, teniendo derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos.

No hay comentarios: