Cómo calcular la prestación por desempleo
El importe de la prestación por desempleo a cobrar dependerá de la nómina de cada trabajador. Concretamente, la cuantía se calcula a partir de la llamada base reguladora
El importe de la prestación por desempleo a cobrar dependerá de la nómina de cada trabajador. Concretamente, la cuantía se calcula a partir de la llamada base reguladora. Ésta se obtiene dividiendo entre 180 la cantidad de dinero que la empresa ha cotizado a la Seguridad Social por el trabajador en los últimos 180 días naturales, incluido el periodo de vacaciones si corresponde. En la nómina, esta cifra aparece en el apartado 'Base Contingencias Comunes'.
Hay que sumar la base de contingencias de todos estos meses y dividirlo entre 180 para obtener la Base Reguladora Diaria, es decir lo que cobrará de paro la persona por día, y lo multiplicamos por 30 días para saber lo que cobrará de paro cada mes.
El Ministerio de Trabajo proporciona una práctica calculadora para saber la cuantía de paro a cobrar introduciendo los datos que te pide. Pincha aquí para acceder al programa de autocálculo de prestaciones por desempleo.
El importe diario de la prestación es el 70% de la base reguladora durante los 6 primeros meses de derecho, y el 50% a partir de seis meses.
La cuantía máxima y mínima del paro en 2013 (la prestación por desempleo), tiene los siguientes importes:
- Importe mínimo mensual de la prestación por desempleo o paro:
Si no tiene hijos a su cargo: 497 euros.
Si tiene al menos un hijo a su cargo: 664,74 euros.
- Importe máximo mensual de la prestación por desempleo:
Si no tiene hijos a su cargo: 1087,20 euros.
Si tiene un hijo a su cargo: 1242,52 euros.
Si tiene dos ó más hijos a su cargo: 1397,83 euros.
Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años ó mayores con discapacidad que convivan en su domicilio y no tengan rentas superiores a los 641 euros al mes.
Al importe bruto de la prestación por desempleo se le aplicarán dos tipos de deducciones, por un lado la parte de cotización a la Seguridad Social a su cargo y por otro la retención a cuenta del IRPF.
En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, el tope máximo y mínimo de la prestación se calculará aplicando a los topes máximos y mínimos establecidos el mismo porcentaje que suponga la jornada realizada sobre la habitual de la empresa.
Respecto a la duración máxima del Subsidio de desempleo, se establece en 720 días en caso que se haya cotizado durante más de 2160 días, es decir, la duración máxima es de dos años si se ha trabajado durante los seis últimos años.
Duración del Paro | |
Desde 360 hasta 539 días | 120 días |
Desde 540 hasta 719 días | 180 días |
Desde 720 hasta 899 días | 240 días |
Desde 900 hasta 1.079 días | 300 días |
Desde 1.080 hasta 1.259 días | 360 días |
Desde 1.260 hasta 1.439 días | 420 días |
Desde 1.440 hasta 1.619 días | 480 días |
Desde 1.620 hasta 1.799 días | 540 días |
Desde 1.800 hasta 1.979 días | 600 días |
Desde 1.980 hasta 2.159 días | 660 días |
Desde 2.160 días | 720 día |
(leído en lasprovincias.es)
+ INFO: http://antoniocanovas.blogspot.com
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