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| | | Mayo 2010.-La nueva regulación implica la reforma de las leyes para la implantación de la Nueva Oficina Judicial, lo que supone un cambio importante en la configuración clásica de oficina o secretaría independiente para estructurarse en dos unidades de trabajo: la unidad procesal de apoyo directo y los servicios comunes procesales. El propósito es dotar de seguridad jurídica al sistema, descargando a los jueces de tareas no estrictamente jurisdiccionales que puedan asumir los secretarios judiciales, distribuyendo de esta manera las competencias entre ellos para mejorar la calidad del servicio que se presta y agilizar la Administración de Justicia. Entre las medidas adoptadas, se pueden destacar las siguientes: — Grabación de vistas: empleando la firma electrónica reconocida por el Secretario judicial en el documento electrónico que recoja la grabación, para que él mismo constituya acta. — Agenda programada de señalamientos: para optimizar la utilización de las Salas de vistas. — Utilización de medios telemáticos, informáticos o electrónicos: a efectos de sustituir la publicidad por medio de los boletines oficiales. — Reforzar el papel del Secretario judicial en el procedimiento: se pretende liberar a los jueces de cargas para lograr una rápida respuesta a los conflictos. Así, por ejemplo, se encargarán de llevar a efecto la ejecución en materia civil. — Subastas electrónicas: se permitirá la participación a través de internet fomentando la transparencia, evitando la discriminación y la colusión o pacto entre personas para perjudicar a terceros. Además de estas medidas, hay que mencionar la ampliación del proceso monitorio, aumentando la cuantía de los créditos exigibles, y el proceso técnico de adaptación que sustituye el actual sistema informático por uno más completo y eficaz. |
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04/05/2010 |
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