Desde el 26 de agosto de 2008, todas las empresas que quieran ser contratadas o subcontratadas para trabajar en una obra de construcción deben estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas.
Esta inscripción acredita el cumplimiento de los requisitos de calidad y solvencia que impone la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto.
Su período de validez es de tres años, renovables por períodos iguales. A tal efecto, las empresas deberán solicitar la renovación de su inscripción dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez. Si transcurrido el período de validez de la inscripción la empresa no ha solicitado en plazo su renovación, se entenderá automáticamente cancelada en el REA.
A partir del próximo mes de agosto se cumplen 3 años para aquellas empresas que se hubiesen inscrito en el REA, por lo que el plazo para solicitar la renovación ha quedado abierto a partir de febrero del presente año.
Para realizar la renovación, se deberá rellenar y firmar un formulario informando de cuál es la situación actual de la empresa. Una vez enviado el formulario, la autoridad laboral estudiará la petición de renovación y resolverá en un plazo de 15 días contados a partir de la entrada de la solicitud. Cabe recordar que la formación que se deberá acreditar para renovar la inscripción, en caso de que exista convenio colectivo, será aquella dispuesta en él.
CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ
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