martes, 3 de julio de 2012

ASUNTOS EXTRANJERIA

SERVICIO DE INFORMACIÓN PERSONALIZADA (S.I.P.)

A continuación se detalla la nota informativa emitida por la Oficina de Extranjería de Alicante:


"La implantación del nuevo sistema de trabajo que se está realizando en esta Oficina de Extranjería con la digitalización de expedientes y aportaciones de documentación, sugiere una nueva redistribución de las tareas asignadas al personal que presta servicios de atención al público. Hasta la fecha, los usuarios de estos servicios, interesados en general y representantes de Entidades y Colegios Profesionales, en particular, acuden al S.I.P para obtener información sobre el estado de expedientes, presentar documentos o plantear cuestiones relacionadas con el derecho de extranjería, previa entrega de la letra que identifica el turno del trámite solicitado, y en el caso de Entidades y Colegios Profesionales hasta un máximo de diez asuntos, sean solicitudes de información o presentación de documentos para su debido registro. Con motivo de la reordenación del Servicio de Información Personalizada, se informa que
a partir del próximo 2 de julio, la letra "X" reservada a Entidades y Colegios Profesionales, se entregará hasta las 13:00 horas y para un máximo de cinco asuntos, con el fin de atender así al mayor número posible de usuarios. Ello, sin perjuicio del servicio de registro que la Oficina ofrece habitualmente. Se recuerda que en la Web de esta Oficina "INFORMACIÓN Y ENLACES DE INTERÉS", en un apartado específico, y en las propias Hojas Informativas, consta la referencia a los procedimientos y registros públicos en los que cabe la presentación de solicitudes y documentos, de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El acceso a estos registros públicos tiene la ventaja de evitar el desplazamiento a la Oficina de Extranjería y esperar turno para ser atendido, lo que sin duda redundaría en una mayor calidad de nuestros servicios."
 
 

AUTORIZACIONES DE REGRESO 


A. NO ES NECESARIO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO:

. Si usted va a regresar a España del 14 de junio hasta el 30 de septiembre de 2012 NO viaja en avión y se encuentra en uno de los siguientes casos:

 

a. Tiene

en trámite la renovación de su autorización.

b. Tiene

Concedida la renovación y la fecha para comparecer en las dependencias de la Comisaría de Policía de Alicante, en la c/ Campo de Mirra nº 6 (para realizar el trámite de la huella) es posterior a la fecha de salida de España. 2. En el puesto fronterizo terrestre o marítimo, deberá presentar la siguiente DOCUMENTACIÓN, que sustituye a la autorización de regreso:

• Pasaporte o documento de viaje en vigor.

• Resguardo de la solicitud de renovación.

B. ES NECESARIO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO:

 

 

 

 

 

 

 

 

 




CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ

+ INFO: http://antoniocanovas.blogspot.com
 

ASEVIC
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