domingo, 8 de enero de 2012

Podrá deducirse el IVA con la presentación de documento sustitutivo

Sala: de lo Conten.-Administ
Número de Recurso: 219/2008
Fecha: 11/7/2011
Ponente: Manuel Vicente Garzón Herrero

 
Podrá deducirse el IVA con la presentación de documento sustitutivo que contenga todos los datos que la factura incorpora
Resumen:  IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. Deducción del IVA soportado. Documento justificativo de la deducción. La factura puede ser sustituida por otro documento que contiene todos los elementos relevantes para la identificación de la operación contenidos en la factura. Se reconoce el derecho a la deducción del IVA cuando en la escritura pública en que se produce la transmisión de los bienes, constan los datos que la factura incorpora y que hacen deducible la entrega de bienes o prestación de servicios que en ella se representa.
Resumen de antecedentes y sentido del fallo:  El Tribunal Supremo estima el recurso de casación en unificación de doctrina interpuesto contra sentencia del TSJ Cataluña, en materia de Impuesto sobre el Valor Añadido, correspondiente a los ejercicios 1998 y 1999.



CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ

 

ASEVIC
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