jueves, 13 de junio de 2013

AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE LA GENERALITAT VALENCIANA

Se convocan distintos programas de ayudas destinados a favorecer el acceso al mercado laboral de los jóvenes menores de 30 años, para el ejercicio 2013. Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo de la Generalitat Valenciana

 

Para personas jóvenes desempleadas menores de 30 años.

Con carácter general las contrataciones y prácticas no laborales objeto de subvención deberán efectuarse en 2013 a partir de la publicación de la convocatoria (12/06/2013) y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana.

No obstante, las contrataciones indefinidas iniciales subvencionadas en el título II podrán haberse efectuado en 2013 con carácter previo a la publicación.

Podrán ser beneficiarias de esta orden las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana.

Va destinado a jóvenes menores de 30 años que hayan permanecido desempleados e inscritos como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo durante un periodo de al menos tres meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación o de la suscripción del acuerdo de prácticas no laborales.

En el caso del programa de incentivos a la conversión en indefinidos de contratos temporales, serán destinatarios los jóvenes menores de 30 años que hayan permanecido ininterrumpidamente de alta en la empresa durante al menos seis meses.

 

Quedan excluidos

Jóvenes que en los 24 meses previos hubiesen prestado servicios mediante contrato indefinido en la misma empresa o grupo de empresas

Contrataciones o acuerdos realizados por empresas que en los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda hubieran realizado extinciones de contratos en virtud de despido colectivo; o que hubieran realizado extinciones de contratos por causas disciplinarias u objetivas declaradas improcedentes durante dicho periodo mediante sentencia judicial firme o laudo arbitral

Contrataciones al cónyuge, ascendiente, descendiente o demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, y sus análogas en el caso de las parejas de hecho.

 

Obligaciones de los beneficiarios

 Mantener en la empresa a los jóvenes durante, al menos, los siguientes periodos:

 

– Programas de incentivos a la contratación indefinida inicial y a la conversión en indefinidos de contratos temporales: 18 meses.

 

– Programa de incentivos a la contratación para la formación y aprendizaje: 12 meses.

 

– Programa de incentivos a la contratación en prácticas: 6 meses.

 

– Programa de incentivos a la suscripción de prácticas no laborales: 9 meses.

 

Comunicar en el plazo de 15 días a la Dirección Territorial de Empleo correspondiente las bajas

 

 Plazo de presentación de solicitudes

 

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación o suscripción del acuerdo de prácticas no laborales, sin que en ningún caso puedan presentarse después de las fechas que se indican a continuación:

 

a)    a) Ayudas del título II: 31 de julio de 2013. Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial

 b) Ayudas de los títulos IV a VI: 30 de septiembre de 2013.

 Para las contrataciones indefinidas iniciales efectuadas en el periodo de 2013 previo a la publicación de la orden, el plazo de dos meses a que hace referencia el apartado anterior se iniciará el día siguiente al de dicha publicación (13/06/2013)

 

Para las ayudas del título III (Programa de incentivos a la conversión en indefinidos

de contratos temporales) el plazo de presentación de solicitudes será de 40 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la orden (hasta 22/07/2013)

 

PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL

 

Destinado a personas jóvenes menores de 30 años.

 

Cuantías

 

La cuantía de las ayudas por contratación indefinida inicial a jornada completa se determinará en función del periodo en que el trabajador haya figurado inscrito como desempleado, de forma ininterrumpida e inmediatamente anterior a su contratación, en los centros SERVEF de Empleo:

 

a)     Al menos seis meses de inscripción: la ayuda ascenderá a 3.000 euros; 3.500 euros en el caso de las mujeres.

 

b)     Al menos tres meses de inscripción: la ayuda ascenderá a 2.000 euros; 2.500 euros en el caso de las mujeres.

 

Los contratos fijos discontinuos a jornada completa se subvencionarán con el 25 por ciento de los importes indicados en el apartado anterior.

 

Los contratos a tiempo parcial serán subvencionables si tienen una duración de al menos 20 horas semanales, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda

 

 

PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONVERSIÓN EN INDEFINIDOS DE CONTRATOS TEMPORALES

 

Pretende fomentar la estabilidad en el empleo de las personas jóvenes menores de 30 años.

 

Resultará subvencionable la transformación en indefinidos (incluida la modalidad de fijo discontinuo) de contratos temporales, formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, siempre que concurran las siguientes condiciones:

 

a)     La conversión tenga lugar una vez transcurridos seis meses desde el inicio de la relación laboral, que deberá ser ininterrumpida con independencia de que se materialice en uno o en sucesivos contratos temporales.

 

b)     La conversión tenga lugar en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria (hasta 13/07/2013)

 

c)     Los contratos indefinidos tengan una jornada igual o superior a la del contrato transformado.

 

 Cuantías

 

La cuantía de las ayudas por transformación de contratos temporales a jornada completa se determinará en función del tiempo en que el trabajador haya permanecido ininterrumpidamente de alta en la empresa hasta el momento de la conversión:

 

a)     Entre seis y 12 meses: la ayuda ascenderá a 3.000 euros; 3.500 euros en el caso de las mujeres.

 

b)     Más de 12 meses: la ayuda ascenderá a 2.000 euros; 2.500 euros en el caso de las mujeres.

 

Los contratos fijos discontinuos a jornada completa se subvencionarán con el 25 por ciento de los importes indicados en el apartado anterior.

 

Los contratos a tiempo parcial serán subvencionables si tienen una duración de al menos 20 horas semanales, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

 

 

PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

 

Este programa tiene por objeto favorecer la inserción laboral de los jóvenes menores de 30 años mediante la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.

 

Únicamente resultarán subvencionables aquellos contratos para la formación y el aprendizaje que tengan una duración mínima de un año.

 

Ayudas por contratación

 

La cuantía de las ayudas por contratación mediante la modalidad de formación y aprendizaje ascenderá a 2.000 euros; 2.500 en el caso de las mujeres.

 

 

PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS

 

Este programa tiene por objeto favorecer la inserción laboral de los jóvenes menores de 30 años mediante la modalidad de contrato en prácticas, cuya duración será de al menos seis meses.

 

Cuantías

La cuantía de las ayudas por contratación mediante la modalidad de contrato en prácticas ascenderá a 1.000 euros; 1.500 en el caso de las mujeres.

 

Los contratos a tiempo parcial serán subvencionables si tienen una duración de al menos 20 horas semanales, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

 

 PROGRAMA DE INCENTIVOS A LAS PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS

 

Este programa tiene por objeto fomentar la realización de prácticas no laborales en empresas por jóvenes de entre 18 y 25 años inclusive, al amparo del Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre.

 

Únicamente resultarán subvencionables aquellos acuerdos para la realización de prácticas no laborales que tengan una duración de nueve meses.

 

Cuantía

 La cuantía de las ayudas por suscripción de acuerdos para la realización de prácticas no laborales ascenderá a 400 euros.





CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ

+ INFO: http://antoniocanovas.blogspot.com

ASEVIC
Consultores, s.l.p.

Consultoría Laboral: Administrativa y

Jurídica


Partida Marxassos, nº 7
C.C. Urbania, locales 1 y 2
BENIDORM (03502-Alicante)
Tf.: 96.680.60.09
Fax: 96.688.97.65

Este mensaje y ficheros anexos son confidenciales y se dirigen exclusivamente al destinatario referenciado. Si usted no lo es y lo ha recibido por error, le rogamos que nos lo comunique y proceda a destruirlo, y se abstenga de utilizar este mensaje y ficheros anexos, so pena de incurrir en responsabilidades legales. El emisor no garantiza la integridad, ni seguridad del presente correo, ni se responsabiliza de posibles perjuicios derivados de cualquiera manipulación efectuada por terceros. Según Ley de Servicios de Sociedad de Información y Comercio Electrónico y LO 15/1999, de Protección de Datos, le comunicamos que su correo electrónico forma parte de un fichero automatizado, teniendo derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos.

No hay comentarios: