martes, 21 de junio de 2016

INFORMACIÓN DE EXTRANJERÍA

AUTORIZACIÓN DE REGRESO VERANO 2016

 Instrucción de la Dirección General de la Policía/Comisaría General de Extranjería y Fronteras

A. NO ES NECESARIO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO:

1. Si usted va a regresar a España entre el 16 de junio y el 02 de octubre de 2016, NO viaja en avión y se encuentra en uno de los siguientes casos:
     a. Tiene en trámite la renovación de su autorización.
     b. Tiene concedida la renovación y la fecha para comparecer en la Oficina de expedición de la TIE (para realizar el trámite de la huella) es posterior a la fecha de salida de España.

2. En el puesto fronterizo terrestre o marítimo, deberá presentar la siguiente DOCUMENTACIÓN, que sustituye a la autorización de regreso:
 - Pasaporte o documento de viaje en vigor.
 - Tarjeta caducada.
 - Resguardo de la solicitud de renovación.

B. ES NECESARIO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO:
En cualquier otro supuesto distinto de los señalados en la letra A.

 

ATENCIÓN-MUY IMPORTANTE

Con motivo de la modificación introducida en el Reglamento 562/2006, de 15 de marzo por el que se establece el Código de Fronteras Schengen, la autorización de regreso sólo será documento válido para cruzar la frontera a través de puestos fronterizos españoles y no a través de otros puestos de cualquier otro Estado Schengen.

 
TRÁMITES CUERPO NACIONAL DE POLICÍA

Siguiendo con el proyecto de mejora de la calidad de los servicios prestados a los ciudadanos, desde el día 01/06/2016 se puede solicitar cita previa para los trámites que a continuación se relacionan, cuya competencia corresponde al Cuerpo Nacional de Policía:

  •  CERTIFICADOS DE REGISTRO DE CIUDADANOS DE LA UNIÓN (CUE)
  •  NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJEROS (NIE)
  •  CERTIFICADOS DE RESIDENTE/NO RESIDENTE

 

Estos trámites se podrán realizar indistintamente en cualquiera de las siguientes dependencias:

ALCOY
C/ Perú, 10
ELCHE
C/ El Abeto, 1

ALICANTE
C/ Ebanistería, 4-6

ELDA
C/ Lamberto Amat, 26

BENIDORM
C/ Apolo XI, 36

ORIHUELA
C/ Sol, 34
DENIA
C/ Avenida Marquesado, 53           
TORREVIEJA
 C/ Arquitecto Larramendi, 3

        

Solicitud de cita en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus

 

 
PROTECCIÓN CONSULAR DE LOS CIUDADANOS DE LA UE EN EL EXTRANJERO.

Cualquier ciudadano de la UE que se encuentre en un tercer país donde el suyo no tenga representación tiene derecho a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier otro país de la UE.

Los ciudadanos en esa situación tienen ese derecho en las mismas condiciones que los del país que tiene representación.

¿Qué tipo de asistencia se ofrece?

Cuando un ciudadano de la UE en la situación descrita pide ayuda a la embajada o el consulado de otro país de la UE, debe presentar el pasaporte o el documento de identidad como prueba de nacionalidad. Si los ha perdido o se los han robado, la embajada puede aceptar otra prueba.

Las representaciones diplomáticas o consulares tienen que dar a la persona que solicita asistencia el mismo trato que a los nacionales del país que representan.

La protección que ofrecen normalmente las embajadas o consulados de los países de la UE es:

  • asistencia en caso de fallecimiento
  • asistencia en caso de accidente o enfermedad grave
  • asistencia en caso de detención
  • asistencia a las víctimas de delitos con violencia
  • auxilio y repatriación de ciudadanos de la UE en dificultades.

 

(Fuente extraída de: http://ec.europa.eu)





CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ

 BLOGGhttp://antoniocanovas.blogspot.com

TWITTER@ASEVICONSULTOR

ASEVIC
Consultores, s.l.p.

Consultoría Laboral: Administrativa y

Jurídica


Partida Marxassos, nº 7
C.C. Urbania, locales 1 y 2
BENIDORM (03502-Alicante)
Tf.: 96.680.60.09
Fax: 96.688.97.65

Este mensaje y ficheros anexos son confidenciales y se dirigen exclusivamente al destinatario referenciado. Si usted no lo es y lo ha recibido por error, le rogamos que nos lo comunique y proceda a destruirlo, y se abstenga de utilizar este mensaje y ficheros anexos, so pena de incurrir en responsabilidades legales. El emisor no garantiza la integridad, ni seguridad del presente correo, ni se responsabiliza de posibles perjuicios derivados de cualquiera manipulación efectuada por terceros. Según Ley de Servicios de Sociedad de Información y Comercio Electrónico y LO 15/1999, de Protección de Datos, le comunicamos que su correo electrónico forma parte de un fichero automatizado, teniendo derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos.

No hay comentarios: