LEY 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. [DOGV 28-12-2011]
En segundo lugar, se crea una nueva disposición adicional décima en la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, del tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, que incluye el establecimiento, durante los años 2011 y 2012, de una bonificación autonómica del 100 por 100 de la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio.
Dicha medida, adoptada en el marco de las competencias normativas que la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, atribuye a la Generalitat Valenciana, se deriva de la supresión para los años 2011 y 2012 de la bonificación general estatal del 100 por 100 de la cuota del Impuesto llevada a cabo mediante el Real Decreto Ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, y tiene en cuenta, por un lado, que el Impuesto sobre el Patrimonio grava, sobre todo, al ahorro familiar y a las clases medias; y, por el otro, el escaso papel redistributivo efectivo de dicho Impuesto, dado su pequeño peso recaudatorio, no sólo en el conjunto del sistema tributario español, sino, incluso, en el ámbito del bloque de tributos directos de carácter progresivo. Además, el gravamen complementario que este impuesto puede suponer en relación con determinadas rentas del capital resulta inequitativo y sólo parcial en relación con ciertos tipos de bienes, en detrimento de otros, hasta llegar a ser casi confiscatorio en determinados casos.
El capítulo XIII modifica la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.
El capítulo XVII modifica la Ley 3/2000, de 17 de abril, por la que se crea el Servicio Valenciano de Empleo y Formación, estableciendo la excepción de recabar el consentimiento expreso del interesado, para acceder a los datos de carácter personal, previstos en los procedimientos de otorgamiento de subvenciones competencia de dicho organismo, tal y como permite la Ley Orgánica de Protección de Datos.
El capítulo XXVIII modifica la Ley 1/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, por la que se aprueba el Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, en cuanto al régimen sancionador, estableciendo un descuento de 20 por ciento, si el infractor a ingresa la cuantía de la sanción impuesta dentro de los quince días a la notificación de la resolución sancionadora.
El capítulo XXXII se refiere a la duración máxima y régimen del silencio administrativo de determinados procedimientos administrativos.
CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ
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