Estimad@s client@s!
A modo de recordatorio de algunas obligaciones en materia laboral que debe cumplir toda empresa, se detallan las siguientes:
- Seguro obligatorio de convenio para invalidez o fallecimiento del trabajador/a.
- Prevención de Riesgos Laborales y Vigilancia de la Salud (reconocimientos médicos)
- La inscripción obligatoria en el R.E.A. para las empresas que actúen como contratista o subcontratistas. Prórroga cada tres años.
- El carnet de manipulador de alimentos de trabajadores/as y gerentes.
- El seguro obligatorio de responsabilidad civil.
- El cumplimiento de la Ley de Protección de Datos.
- El aviso inmediato a la Asesoría de bajas y altas médicas de los trabajadores/as.
- En algunos sectores, el cumplimiento de un número mínimo de trabajadores/as con contrato indefinido.
- En actividades como la construcción, existe obligación de formación de los trabajadores/as con carácter previo al inicio de su contratación.
- Tener el Libro de Visitas en el centro de trabajo.
- En empresas de maas de 50 trabajadores, es necesario que al menos el 2% de la plantilla contratada sea discapacitado/a.
Si necesitan más detalles de esta pequeña relación de obligaciones, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
Partida Marxassos, nº 7
C.C. Urbania, locales 1 y 2
BENIDORM (03502-Alicante)
Tf.: 96.680.60.09
Fax: 96.688.97.65
A modo de recordatorio de algunas obligaciones en materia laboral que debe cumplir toda empresa, se detallan las siguientes:
- Seguro obligatorio de convenio para invalidez o fallecimiento del trabajador/a.
- Prevención de Riesgos Laborales y Vigilancia de la Salud (reconocimientos médicos)
- La inscripción obligatoria en el R.E.A. para las empresas que actúen como contratista o subcontratistas. Prórroga cada tres años.
- El carnet de manipulador de alimentos de trabajadores/as y gerentes.
- El seguro obligatorio de responsabilidad civil.
- El cumplimiento de la Ley de Protección de Datos.
- El aviso inmediato a la Asesoría de bajas y altas médicas de los trabajadores/as.
- En algunos sectores, el cumplimiento de un número mínimo de trabajadores/as con contrato indefinido.
- En actividades como la construcción, existe obligación de formación de los trabajadores/as con carácter previo al inicio de su contratación.
- Tener el Libro de Visitas en el centro de trabajo.
- En empresas de maas de 50 trabajadores, es necesario que al menos el 2% de la plantilla contratada sea discapacitado/a.
Si necesitan más detalles de esta pequeña relación de obligaciones, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
CORDIALMENTE, ANTONIO CÁNOVAS GÓMEZ
+ INFO: http://antoniocanovas.blogspot.com
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Consultoría Laboral: Administrativa y Jurídica |
Partida Marxassos, nº 7
C.C. Urbania, locales 1 y 2
BENIDORM (03502-Alicante)
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Fax: 96.688.97.65
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