jueves, 25 de junio de 2009

SENTENCIA

Sentencia del Tribunal Supremo 307/2009, de 6 de mayo

El uso particular de un vehículo de empresa sin autorización no implica responsabilidad empresarial en caso de accidente

Los hechos vienen dados por un accidente con un vehículo propiedad de la empresa Telefónica de España, S.A., ocurrido aquél fuera de las horas de trabajo y siendo conducido el vehículo por un empleado de esta empresa sin autorización de la misma para su uso privado.

A consecuencia del accidente, en el que murieron la esposa e hija del cuarto ocupante del mismo, éste planteó demanda de juicio verbal ante el Juzgado de Primera instancia, ejercitando la acción de reclamación contra el conductor del vehículo en el que viajaba, la empresa propietaria del mismo, así como el conductor propietario del vehículo colisionado. El fallo, en el que se estimaba parcialmente la demanda, condenaba únicamente al conductor del vehículo de empresa por el fallecimiento de la esposa e hija del demandante, razón por la cual, éste decidió plantear recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, quien acabó condenando también a la empresa con carácter solidario al entender que su responsabilidad se extiende a circunstancias de funcionamiento y utilización por sus empleados, y que, pese a no admitir el uso privado de sus vehículos, no estableció ningún mecanismo o sistema de control para impedirlo.

Ante esta condena, la empresa decide plantear recurso de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, invocando interés casacional al contradecir la doctrina establecida por éste en esta materia, quien acaba revocando la sentencia de la Audiencia Provincial y confirmando, por ello, la sentencia dictada en primera instancia. Con base en aquella doctrina, responsabilizar a la empresa por una supuesta falta de control de los empleados más allá del obligado cumplimiento establecido respecto al uso de sus vehículos de forma particular en contradicción a lo indicado por ella, supone una extensión del principio de culpa que no tiene cabida.

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