Julio 2009-Ha sido aprobado por el Consejo de Ministros un Real Decreto que tiene como finalidad adaptar la regulación de los procedimientos de autorización inicial de residencia y trabajo al traspaso a las comunidades autónomas de las competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo de los extranjeros.
Esta reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería resulta necesaria ya que con la asunción de competencias por parte de las Comunidades Autónomas confluirán en el procedimiento de solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo dos administraciones públicas: la estatal, competente sobre autorización de residencia, y la autonómica competente sobre la concesión de la autorización de trabajo, haciendo imprescindible la coordinación en el procedimiento de ambas administraciones.
Además, el Real Decreto contempla algunos cambios significativos que ajustan determinados supuestos de renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros.
Esta nueva norma facilitará la renovación de las autorizaciones de aquellos trabajadores que tienen una trayectoria laboral que acredita su vinculación reforzada con el empleo, así como la de otros extranjeros que cuentan con una red familiar que sustenta su mantenimiento en España cuando no pueden acreditar un contrato de trabajo en vigor en el momento de la renovación.
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